Así pues, un total de 1.339.065 autónomos ven su situación afectada por las restricciones y, en muchos casos, podrán acogerse a las ayudas que el Gobierno ha puesto en marcha para que los afectados puedan subsanar sus situaciones adversas.

Estas diferentes ayudas, como pueden ser la prórroga de los ERTE o nuevos ceses de actividad, se han prolongado hasta el 31 de enero de 2020. Además, también hay que añadir que las propias Comunidades Autónomas han puesto en marcha distintos paquetes de ayudas para contribuir a la mejora del tejido empresarial de sus regiones. El objetivo es el de ayudar a paliar los efectos del coronavirus.

¿Qué ayudas ofrecen las Comunidades Autónomas?

Ayudas para autónomos que han visto limitada su actividad

No son muchas las comunidades autónomas que han restringido la apertura de sectores. Sin embargo, la mayoría han impuesto una serie de normas o limitaciones.

A pesar de que el número de comunidades autónomas que han restringido la apertura de sectores no son muchas, la mayoría han impuesto algunas normas o limitaciones.

Andalucía

En Andalucía, 32 municipios en la provincia de Granada viven con medidas especiales desde el 17 de octubre. Esto es con el objetivo de frenar el número de contagios que se ha reportado en la capital.

Aragón

Hace poco tiempo, Aragón retrocedió al nivel 2 de alerta, el cual reduce aforos generales al 50%. Además, también limita las reuniones sociales a seis personas y marca el cierre de los negocios hosteleros a las 23:00 horas.

Canarias

En Tenerife se ha establecido lo que se conoce como «semáforo rojo». que implica el cierre de terrazas y establecimientos de hostelería a media noche, así como de los centros de día no ocupacionales.

Comunidad de Madrid

Madrid impuso desde el pasado viernes 9 de octubre un confinamiento perimetral de la capital y de ocho municipios: Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. Además, también se incluyeron limitaciones de aforo en la hostelería.

Extremadura

En Extremadura, las autoridades sanitarias han decidido implantar un confinamiento perimetral dividido por zonas de salud.

País Vasco

Las autoridades vascas han acordado nuevas medidas de restricción, entre las que se encuentra la reducción de los aforos en un 50%, sin importar su ámbito de actividad. Ya sean eventos culturales, religiosos o la propia hostelería, quedan restringidos. Además, se impone una limitación de seis personas para las reuniones de grupos.

Prórroga del cese de actividad compatible con la actividad (POECATA)

Pese a las restricciones, los autónomos pueden seguir operando. Si prevén grandes caídas en su facturación, pueden solicitar la Prestación Ordinaria Extraordinaria por Cese de Actividad (POECATA). Ésta, además de ser compatible con la actividad, se puede solicitar solamente con una declaración responsable.

Cese de actividad extraordinario

Los propietarios de negocios relacionados con la hostelería, ocio y ocio nocturno en Cataluña, Navarra y Melilla pueden acogerse a la prestación por cese de actividad extraordinario.

La nueva prestación permite que los trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligados a cerrar su negocio por decisión de las autoridades sanitarias, perciban el 50% de la base mínima de cotización.

¿Qué significa esto? Los hosteleros van a tener derecho a una prestación de 472,2€ mensuales durante el tiempo que estén cerrados. En el caso de la Comunidad Foral de Navarra, se añaden a lo anteriormente mencionado los autónomos con un salón de juegos.

Tal y como sucedió durante el estado de alarma, aquellos que se acojan a la prestación extraordinaria por el cierre decretado de su negocio, tendrán derecho al cese de actividad «desde el día siguiente a la adopción de la medida de cierre de actividad adoptada por la autoridad competente y hasta el último día del mes en que se acuerde el levantamiento de la misma».

ERTE por impedimento

Los autónomos con trabajadores que vean interrumpida su actividad, también podrán solicitar un ERTE por impedimento. En el caso de que tengan menos de 50 trabajadores, la exoneración con la Seguridad Social será del 100%. En otras palabras, no tendrán que pagar cotizaciones por sus empleados.

En el caso de que tengan más de 50 trabajadores a su cargo, estas aportaciones serán del 90%.

¿Es posible compaginar dos tipos de ERTE?

Sí, es posible compaginar dos tipos de ERTE. En este caso, el ERTE por impedimento con los ERTE por causas de fuerza mayor anteriores al mes de septiembre.

ERTE por limitación

En el caso de que el autónomo con empleados no forme parte de los negocios con derecho a ERTE por fuerza mayor listados por el Gobierno y que tampoco se hayan visto obligados a cerrar, pueden acogerse a un ERTE de limitación.

Esta medida va dirigida a aquellos negocios que vean limitada su actividad debido a las medidas impuestas por las autoridades sanitarias. En esta modalidad las exoneraciones menguan con el paso de los meses.

En empresas con menos de 50 trabajadores: 

Para las empresas que cuenten con menos de 50 trabajadores, se aplicarán los siguientes criterios:

  • Octubre: exoneración de cuotas del 100%
  • Noviembre: exoneración de cuotas del 90%
  • Diciembre: exoneración de cuotas del 85%
  • Enero: exoneración de cuotas del 80%

En empresas con 50 o más trabajadores: 

Y en empresas con más de 50 trabajadores:

  • Octubre: exoneración de cuotas del 90%
  • Noviembre: exoneración de cuotas del 80%
  • Diciembre: exoneración de cuotas del 75%
  • Enero: exoneración de cuotas del 70%

ERTE por fuerza mayor

El ERTE por fuerza mayor es el único vigente hasta el próximo mes de enero de 2021. La medida está dirigida a negocios y trabajadores afectados duramente por la crisis.

Para ser apto para acceder a esta medida, el Gobierno establece dos criterios de selección:

  • En primer lugar, la actividad debe haberse visto particularmente afectada durante la pandemia.
  • Además, deben ser negocios cuyos niveles de recuperación se han visto limitados durante el verano.