Hace unas semanas el Gobierno anunció que se permitiría una moratoria en las cuotas a la Seguridad Social durante seis meses.

El pasado martes anunciaron cuáles son las actividades que sí podrán acogerse a ella, son, en total, 12 sectores que cuentan con los siguientes CNAE, según ha publicado el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social:

  • 119 – Otros cultivos no perennes
  • 129 – Otros cultivos perennes
  • 1812 – Otras actividades de impresión y artes gráficas
  • 2512 – Fabricación de carpintería metálica
  • 4322 – Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
  • 4332 – Instalación de carpintería
  • 4711 – Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco
  • 4719 – Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados
  • 4724 – Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
  • 7311 – Agencias de publicidad
  • 8623 – Actividades odontológicas
  • 9602 – Peluquería y otros tratamientos de belleza

La norma establece una segunda condición:  se aplicará a autónomos y empresas que no se encuentren suspendidas a causa del estado de alarma que se puso en marcha el pasado 14 de marzo.