El emprendimiento es un mundo complejo y al aventurarse en él pueden surgir muchas dudas. Entre ellas, cómo preparar las nóminas de los trabajadores que tenemos a nuestro cargo. Por eso, desde aNerea queremos ayudarte con esta parte de tu proyecto emprendedor, explicándote cómo hacer una nómina correctamente y enseñándote qué debe incluir.
Además, hay que tener en cuenta que debemos esclarecer los plazos de pago de cada una de las nóminas. Ello redundará en un correcto funcionamiento del negocio y en no generar confusión en los trabajadores.
A parte de los documentos que justifican las relaciones laborales y/o mercantiles entre los diferentes agentes del sistema, las nóminas permiten que los trabajadores obtengan un rédito por su trabajo. El formato de nómina actual lo establece la legislación vigente, con la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre. De esta manera, deberemos tener en cuenta las siguientes consideraciones:
El salario bruto
Junto con el salario neto, el bruto es uno de los principales conceptos que se incluyen dentro de una nómina. Éste hace referencia a la cuantía total de la nómina, sin las retenciones por IRPF ni las retenciones en concepto de cotización a la Seguridad Social.
Según el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, el salario bruto está compuesto por lo siguiente:
Percepciones salariales
Las percepciones salariales corresponden al salario base, horas extraordinarias, salarios en especie, y a las pagas extraordinarias prorrateadas a las que debe hacer frente el autónomo o la sociedad empleadoras.
Por norma general, estas percepciones cotizan a la Seguridad Social y vienen determinadas por el convenio colectivo de la actividad que se desarrolla. En cualquier caso, y previa negociación con la empresa, se pueden estipular cantidades superiores a las indicadas en el convenio, dependiendo de la cualificación y experiencia del trabajador y de la competencia que existe para ese puesto en el mercado laboral.
El salario condiciona los siguientes aspectos:
- La base imponible a efectos de tributación.
- La cuantía de la indemnización en casos de extinción de la relación laboral.
- La cuantía de los medios de protección que garantizan el estado de bienestar. Esto es, por ejemplo, la prestación por desempleo, jubilación, etc.
Percepciones extrasalariales o no salariales
Las percepciones extrasalariales o no salariales son las cantidades recibidas por prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social, indemnizaciones por gastos relacionados con la actividad como prendas de trabajo, dietas de viajes o gastos de locomoción entre otros. También se incluyen indemnizaciones por traslados, despidos y suspensiones, lo que hace que estas percepciones corran a cargo, bien de la empresa o bien de la propia Administración.
No cotizan a la Seguridad Social.
El salario neto
El salario neto se corresponde con el salario real, es decir, la cantidad total que percibirá el trabajador en el momento en el que cobre su nómina. Al salario bruto se le restan la suma de las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF.
Cotizaciones a la seguridad social
Las cotizaciones a la Seguridad Social las asume, en su mayoría, el empresario. Cuando calculemos cotizaciones a la Seguridad Social que corren a cargo de la empresa influirán los siguientes aspectos:
- Salario bruto anual
- Tipo de contrato de trabajo
- Tipo de jornada
- Edad del trabajador
- Número de pagas
Los diferentes tipos de cotización para la empresa contratante
Como ya hemos mencionado anteriormente, es el empresario el que asume la mayor parte de los costes en materia de cotización a la Seguridad Social. Este ingreso se realiza en el momento en el que se abona la nómina, pero descontando las cuatro partidas que debes tener en cuenta a la hora de contratar a un trabajador.
- Cotización por contingencias comunes: Este concepto cotiza al tipo 23,60% del sueldo bruto.
- Cotización por desempleo: Cotiza al 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
- Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje depende de las tablas de cotización para cada actividad, pudiendo oscilar entre el 1% para trabajadores de oficina, el 1,85% en el comercio al por menor, el 3,60% en actividades de limpieza y seguridad y el 6,70% en actividades de alta riesgo como la construcción o el transporte por carretera.
- Cotización por formación profesional: al tipo 0,60%
- Cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa): al tipo 0,20%
Bonificaciones por contratar
Para amortizar los costes de las cotizaciones a la Seguridad Social, existen algunas bonificaciones de las cuotas si se ayuda a la contratación de determinados tipos de trabajadores.
Cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del trabajador
Se compone de tres partidas:
- Cotización por contingencias comunes: al tipo 4,70% del sueldo bruto
- Cotización por formación: al tipo 0,10%
- Cotización por desempleo: al tipo 1,55% en contratos indefinidos, 1,60% en contratos temporales), lo que en total supone un 6,35% del sueldo bruto
Retenciones en el IRPF
El porcentaje de retención en el IRPF es variable.
Para esta variabilidad influyen factores tales como el volumen de ingresos a deducir de una nómina, los cuales deberá ingresar posteriormente el empresario en Hacienda de manera trimestral como anticipo del IRPF a cuenta del trabajador o las circunstancias personales del trabajador contratado. Estas circunstancias pueden ser:
- Estado civil e ingresos del cónyuge
- Año de nacimiento
- Grado de discapacidad
- Descendientes y Ascendientes
- Pagos de préstamos por vivienda habitual
En próximas entradas en el blog también hablaremos sobre cuál debe ser la estructura concreta de la nómina de un trabajador por cuenta ajena.